lunes, 18 de septiembre de 2006

La financiación estatal a la iglesia

El Estado Español y la Santa Sede firman el 3 de enero de 1979, entre otros, un Acuerdo sobre Asuntos económicos de la Iglesia Católica española, que contiene su financiación y su exención de impuestos. Es ratificado por el pleno del Congreso de diputados por 279 votos positivos contra 21 negativos del PSOE y PCE y 5 abstenciones, y por el Senado por 188 votos positivos, sin negativos y abstenciones, el 4 de diciembre de 1979.

Dicho Acuerdo establece sobre la financiación: "El Estado se compromete a colaborar con la Iglesia en su adecuado sostenimiento económico, con respecto absoluto del principio de libertad religiosa. Trascurridos tres años completos desde la firma de este Acuerdo, el Estado podrá asignar a la Iglesia Católica un porcentaje del rendimiento de la imposición de la renta o patrimonio u otra de carácter personal, por el procedimiento técnicamente más adecuado. Para ello, será preciso que cada contribuyente manifieste expresamente, en la declaración respectiva, su voluntad acerca del destino de la parte afectada. En su ausencia de tal declaración, la cantidad correspondiente se destinará a otros fines. Este sistema sustituirá a la dotación a que se refiere el apartado siguiente, de modo que proporcione a la Iglesia Católica recursos de cuantía similar. En tanto no se aplique el nuevo sistema, el Estado consignará en sus Presupuestos Generales la adecuada dotación a la Iglesia Católica, con carácter global y único, que será actualizada anualmente. Durante el proceso de sustitución, que se llevará a cabo en plazo de tres años, la dotación presupuestaria se minorara en la cuantía igual a la asignación recibida por la Iglesia Católica. La Iglesia Católica declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para atención de sus necesidades. Cuando fuere conseguido este propósito, ambas partes se pondrán de acuerdo para sustituir los sistemas de colaboración financiera en los párrafos anteriores de este artículo, por otros campos y formas de colaboración económica entre la Iglesia Católica y el Estado" (Art. 2).

Conforme a este artículo entre España y el Vaticano, el Estado Español se compromete a colaborar en el adecuado sostenimiento de la Iglesia Católica española, con respeto al principio de libertad religiosa, bajo las siguientes formas de financiación:

1º- Seguir con el sistema de dotación, actualizado anualmente, de la Iglesia Católica, consignado en los Presupuestos Generales del Estado Español, por tres años, desde 1980 hasta 1983, que es prorrogado hasta 1987. Este sistema de dotación presupuestaria de la Iglesia Católica lo establecen los gobiernos liberales del siglo XIX, en compensación a la desamortización y venta de los bienes eclesiásticos y a la supresión de sus diezmos y primicias. Ha estado vigente en todos regímenes y gobiernos del Estado Español, a excepción de los de la segunda República.

2°.- Establecer un porcentaje del rendimiento de la imposición sobre la renta o el patrimonio libremente asignado por el declarante. El Gobierno socialista de Felipe González, en 1987, establece el sistema de asignación tributaria del 0/52% sobre la cuota integra del impuesto sobre la renta de las personas físicas a la Iglesia Católica, entre otros fines propuestos, por un periodo de cuatro años hasta 1991, inclusive; marcando libremente el declarante la x en su casilla correspondiente, y garantizándole un mínimo de ingresos, hasta que la Iglesia Católica, de acuerdo con el Estado, pueda financiarse "por otros campos o formas en colaboración" entre ambas instituciones. El Gobierno socialista de Felipe González prorroga esta asignación tributaria hasta 1995, y el Gobierno popular de José María Aznar la prorroga, también, hasta 2005, en concierto con la Conferencia Episcopal Española.

Los declarantes, que marcan más la casilla correspondiente a la Iglesia Católica, son los de las Comunidades de Navarra, Andalucía, Extremadura, Castilla la Macha, y están por debajo de la media nacional, los de Cataluña y de Galicia, resultando un 30% o 35% en toda España. El sistema de asignación del 0/52% sobre la cuota integra tributaria a la Iglesia Católica por los contribuyentes, aunque ha ido en ascenso, nunca cubre los presupuestos de necesidades de la Iglesia Católica, completando el Estado Español su diferencia. En el año 2002, el partido socialista en la oposición, manifiesta que opone a que el Estado Español entregue a la Iglesia Católica más dinero, que el que sus fieles le asignan en su casilla correspondiente. Pero una vez instalados en el poder renuncian a ello.

El Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero incluye una partida de 144,771 millones euros en los prepuestos generales del Estado Español del año 2006 para financiar la Iglesia Católica, a cuenta de dicha asignación tributaria, prorrogada para este año, en vistas a negociar una nueva financiación de la Iglesia conforme a lo estipulado en el acuerdo económico con la Santa Sede. La Conferencia Episcopal Española presenta un presupuesto de gastos y necesidades de 157,711 millones de euros para el año 2006, y de ingresos de 144,24 millones de euros procedentes de la asignación tributaria del 0/52% del IRPF (80%) y de la aportación complementaria y graciosa de la Hacienda estatal española, más 6.000 euros de donativos y 12.47 millones de euros que aportan las diócesis.

Los 144.24 millones de euros, que aporta el Estado Español por la vía de la asignación tributaria y complementaria prorrogada, representa solo "el 30-35% de necedades básicas del funcionamiento de la diócesis" según Fernando Giménez Barriocanal, Vicesecretario de Asuntos Económicos de la Conferencia Episcopal Española; los cuales se emplean en pagos a la Seguridad Social, cubrir los gastos de la Conferencia Episcopal y nóminas de obispos y curas diocesanos. El Secretario General de la Conferencia Episcopal Española, Antonio Martínez Camino, manifiesta que esta cantidad de euros "no es nada escandalosa, si la comparamos con los 100 millones de euros que Caritas española recibe de donativos particulares en el año 2005".

Buscando otras alternativas de financiación, unos indican el sistema de deducción del 40% del impuesto de la renta de personas físicas por donaciones a la Iglesia Católica. Fernando Giménez Barriocanal, anteriormente citado, es partidario del actual sistema de asignación tributaria, elevando el 0/52% al 0/8%; dado que en Italia está establecido el 0/8%, en Dinamarca 1%, en Suecia el 1,25%, en Suiza el 2% del IRPF; y en Alemania existe un impuesto o recargo religioso a los fieles para financiar las necesidades de las distintas confesiones cristianas. La diócesis de Colonia recibe por este concepto el doble de euros, de los que percibe la Iglesia Católica española.

El Presidente del Gobierno socialista, Sr. Rodríguez Zapatero ha manifestado que no piensa denunciar los acuerdos con la Santa Sede. Se ve en la disyuntiva política de prorrogar el citado sistema de asignación tributaria a la Iglesia Católica o de buscar otros campos o formas de colaboración económica, de acuerdo con la Iglesia Católica, representada en España por la Conferencia Episcopal Española, para el ejercicio económico del año 2007. El partido y el Gobierno socialista está divido sobre continuar o no con la actual financiación del Iglesia Católica en la forma establecida hasta ahora, porque algunos la consideran anticonstitucional; sin embargo, el Presidente del Gobierno, Sr. Rodríguez Zapatero, está dispuesto a prorrogar el sistema de la asignación tributaria, elevando el porcentaje del 0/52% al 0/7%, sin añadir cantidad complementaria alguna.

José Barros Guede, A Coruña, a 12 abril del 2006